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Préstamo hipotecario, bien seguro

Publicado: 25 de abril de 2017, 00:00
  1. Derechos y obligaciones de los propietarios
Préstamo hipotecario, bien seguro

Seguro comunitario – hipoteca


En estos tiempos de revisión de los contratos de préstamo hipotecario sobre la vivienda, hay que incluir en dicha revisión la obligación de contratar un seguro que cubra el continente (la estructura) del inmueble hipotecado, que, aunque esta cláusula no fue declarada nula por el Tribunal Supremo, por abusiva, sí se dan casos de prácticas abusivas por falta de información al cliente, cuestión que queremos aclarar en esta nota.

Los propietarios que formen parte de una comunidad de propietarios con una hipoteca sobre la vivienda, podrán utilizar este seguro también para cubrir el mínimo exigido, de asegurar el continente del bien hipotecado. Para sustituir al seguro propio frente al banco, habrán de tramitar una “cesión de derechos”, es decir, habrán de comunicar a la aseguradora de la Comunidad que los derechos que pudieran corresponderle en caso de indemnización por pérdida del edificio serán pagados a la entidad financiera para liquidar la deuda pendiente de pago del préstamo hipotecario, y presentarán al banco el documento que la aseguradora emita recogiendo esta cesión.

Lo habitual es que la administradora de la Comunidad realice este trámite (Horizontal Comunidades lo hace sin coste alguno para el cliente), que en todo caso habrá de ser solicitado por el propietario afectado, que habrá de comunicar a la administradora los datos necesarios:

- Datos de identificación de los propietarios y de los titulares del préstamo.

- Entidad bancaria con la que se tenga el préstamo, y la oficina en la que se contrató.

-  Número identificativo del préstamo hipotecario y fecha en que finaliza.

 

Una vez recibido por el propietario el documento que acredite la cesión de derechos a favor del banco, habrá de presentarla a la entidad financiera. Para resolver el contrato de seguro que se tenga contratado en ese momento, habrá que avisar, por escrito y quedándose con copia, con al menos un mes de antelación a la fecha de finalización del contrato.

Desde Horizontal Comunidades recomendamos realizar esta revisión para ajustar las coberturas y no pagar dos veces las mismas coberturas, y mantener, siempre que sea posible, un seguro particular sobre el contenido de la propiedad, que no está cubierto por el seguro del edificio.

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